martes, 9 de diciembre de 2014

La Navidad Momento Estelar de la Familia:

Con la venida del niño Dios, se celebra también a la Sagrada Familia y la importancia que tiene  para la humanidad.

Los seres humanos necesitamos de la familia para sobrevivir y para nutrirnos perma- nentemente del amor, que constituye su elemento de cohesión; La familia nos permite adquirir los conocimientos elementales y básicos para nuestra vida y al mismo tiempo enriquece todo nuestro mundo emocional, que es el piso sólido para el desarrollo de la inteligencia emocional.

Por esta causa, cuando la familia se vuelve altamente disfuncional, los resultados suelen ser negativos y sobretodo los niños quedan con una carga psicológica y emocional que deben resolver a lo largo de sus vidas, no siempre con éxito.

La familia está vinculada al concepto de hogar, que es el fuego alrededor del cual se encuentran sus miembros. Pienso que ese concepto más primitivo vinculado con el sentido de pertenencia debe evolucionar de la manera siguiente: Hogar no es un lugar donde llego al encuentro de los míos,  es a quien o a quienes llego; llegamos al seno de los que amamos y nos aman, así estén presentes o ausentes, como nos pasa en este mundo de familias dispersas por el mundo.

En lo personal me siento afortunado de pertenecer, no a una familia perfecta, pero si altamente funcional, unida y solidaria.

La familia ha tenido siempre peligros a lo largo de la historia y hoy no está ajena a retos importantes, porque no es suficiente el amor para sostenerla en el tiempo, porque también es necesario que sus miembros tengan un compromiso serio en favor de ese equipo; una congruencia (ideas, emociones y acciones que vayan casi siempre en el mismo sentido) y también disponer de habilidades y herramientas favorables a la convivencia, como son el respeto una comunicación sana y la capacidad de poner sobre la mesa las diferencias con ánimo de crecer, corregir y aprender de los errores y lo más importante de perdonar.

Con mucha frecuencia se escucha decir, en cuanto a las relaciones humanas y en especial entre padres e hijos: “Más importante es la calidad que la cantidad”. Esto que en principio pudiéremos aceptar como cierto, tiene límites, ¿será una vez al día, a la semana, al mes o al año?

Lo que pienso es que el aprendizaje y la nutrición de las personas, en el sentido más amplio de la palabra, requiere dedicación y tiempo y no me refiero a lo que sería equivalente al tiempo que dedica una maestro a sus alumnos, sino a que el ser humano necesita, para su desarrollo emocional y para su aprendizaje, contacto físico con las personas que se aman; por esta razón las familias con tradiciones victorianas (limitar el contacto físico, el controlar y ocultar las emociones, evitar a toda costa situaciones de conflicto, excesiva formalidad en detrimento de la liviandad, disciplina militar, recluir a los hijos en internados, excesos en el castigo físico, etc.) generan a estas personas una carencia con la que se carga por el resto de sus vidas.

También la frecuencia permite que la trasferencia más efectiva de información se produzca con el modelaje. De ese observar las acciones, más que la retórica del deber ser, aprendemos a ser, aun cuando no tengamos la conciencia de ese lenguaje.

Esto no implica que también debe existir un compromiso de los hijos, con sus padres y sus hermanos, el deber de obediencia y respeto a los padres, el tener que soportar y cumplir los castigos que se le imponen (no resiento ningún correazo o nalgada que recibí, porque me las merecí totalmente y no tengo trauma por ello) y someterse a una disciplina que es muy útil para ser exitosos en nuestra vida de adultos. Con los hermanos, el deber de respeto, apoyo y solidaridad, el acabar con la igualdad y cambiarla por la equidad (*), que exige proteger al débil o al más necesitado, valores que construyen una relación invaluable.

Pero los padres deben sobretodo respetar la individualidad de sus hijos y permitir que se produzca el proceso de individuación (**), con el cual cada quien encontrará su propio camino en la vida, en un ambiente de preservación de la autoestima.

Hay aspectos en mi familia que me han influenciado mucho: la conciencia desde muy niño de que mis padres, a pesar de sus muchas virtudes, no eran perfectos, pero con la convicción de que hacían su mejor esfuerzo.

Siempre tendemos a achacar problemas o traumas a lo que nuestros padres hicieron o dejaron de hacer y lo seguimos haciendo, a pesar de ser adultos y con hijos propios que educar, cuando nadie ha sido educado para ser padre, más allá de la propia vivencia en un seno familiar, en mayor o menor medida disfuncional.

Esto quiere decir que todos cargamos un morral lleno de cosas buenas y mala, de buenas y malas experiencias, pero al llegar a la adultez, eso nos exige ser responsables, de tener que potenciar las cosas buenas y metabolizar, cambiar o transmutar las malas; y, si no somos exitosos, asumir nuestro barranco con dignidad y valor.

En mi familia siempre ha existido el hábito de compartir la comida; oportunidad fabulosa para conversar de cualquier tema y desde muy pequeños. Me horrorizo cuando alguien piensa que hay conversaciones que son aburridas para los niños; lo que hay es una forma de hablar desde la soberbia o desde el “Yo sé, ergo yo Soy”, que no es comprensible o aceptable para el niño. Por el contrario, cuando el foco es el niño, la conversación fluye.

Una maestra a la que quiero mucho, enseña a sus niños de pre escolar las obras de artes de pintores famosos: Gaugin, Picasso, Velázquez, Rembrant, etc. y los niños logran entender la belleza que crearon esos artistas, a disfrutarla y recrearla como ningún adulto es capaz de hacerlo, desde el asombro y la avidez.

En casa, desde pequeños, aprendimos a conversar sobre muchos temas serios e intrascendente y aprovechábamos esas oportunidades para resolver conflictos.

Nuestra cotidianidad y oportunidades de relacionarnos, se ve amenazada hoy por toda una suerte de aparatos tecnológicos, que nos acercan a personas al otro lado del planeta, pero no apartan terriblemente del prójimo, ese que estamos más obligados a cuidar y amar.  Esto ha resultado en más información y menos cultura.

Toda tecnología y avance tiene sus dos caras, el reto es hacerlos útiles y beneficiosos para la humanidad.

Hallacas de la Tribu Tambo
También las tradiciones unen a las familias y la Navidad es especial para esto: decorar un arbolito, aunque sea artificial en respeto a la naturaleza; el Nacimiento; decorar la casa; el preparar juntos las comidas de la ocasión; intercambiar regalos, que no deberían ser costosos, porque el dinero es una medida de valor, pero no de afecto; cantar villancicos; compartir los actos religiosos; disfrutar de la alegría de los niños, etc. etc.  



En alguna oportunidad me he encontrado con personas que están solas o tienen familias divididas por pleitos y problemas de todo tipo. Yo rezo por ellas para que reflexionen sin son parte de problema que los separa y crezcan para reconciliarse; y, cuando he podido les he dicho: Si la vida o las circunstancias no te han permitido tener o compartir en familia, ¡decrétala!

En la vida uno se consigue amigos, vecinos, compañeros de trabajo, una pareja, etc. con los que estamos compenetrados. ¡Piénsalos y vívelos como tu familia!

También teniendo tu propia familia lo puedes hacer y cuando pienso en esa familia grande, la casa se me llena de muchos y grandes afectos, y si insisto, sigue entrando más y más gente, porque el corazón es un infinito de amor.

En esta Navidad, nos recordamos de Jesús niño, quien vino a traernos Amor y Paz y para que hagamos lo que esté en nuestras manos para santificar a nuestras familias.

Les envío a todos mis lectores y a los que no lo son, un gran abrazo y que en estos momentos difíciles en que vivimos a nivel mundial, juguemos en serio a la familia y que en ella encontremos la fortaleza para ser felices en el abrazo y en el compartir ese amor que viene de Dios.

Le pido que en esta Navidad oremos por el papa Francisco, para que encuentre la sabiduría del Espíritu Santo y la fortaleza para atravesar el desierto que tiene enfrente.

Que Dios los llene a todos de bendiciones.

Una Canción de Navidad O Tannenbaum







Gonzalo Pérez Petersen

(*) Cualidad que mueve a dar a cada uno lo que merece.
(**) Individuación:  Según Karl Jung:
"Individuación significa llegar a ser un individuo y, en cuanto por individualidad entendemos nuestra peculiaridad más interna, última e incomparable, llegar a ser uno Mismo. Por ello se podría traducir individuación también por mismación o autorrealización.
Noto una y otra vez que el proceso de individuación se confunde con el devenir consciente del Yo, y por ello el Yo se identifica con el Sí-mismo (arquetipo central de lo inconsciente colectivo), de lo que naturalmente surge una grave confusión del concepto. Pues de este modo la individuación se convierte en el mero egocentrismo y autoerotismo. Sin embargo, el Sí-mismo comprende infinitamente mucho más en sí que un mero Yo... Es tanto uno como los otros, como el Yo. Individuación no excluye al mundo sino que lo incluye." Wikipedia.

jueves, 20 de noviembre de 2014

El Divorcio como tema importante para los Católicos y la Iglesia.

Francisco ¿Derrotado?
  “Todo lo que aten en la tierra, será atado en el cielo; y todo lo que desaten en la tierra, será desatado en el cielo.” (Mateo 18-18)

El 29 de septiembre de 2013 escribí una entrada llamada “Una Carta a su Santidad Francisco” ( http://vivir-la-felicidad.blogspot.com/2013/09/una-carta-su-santidad-francisco.html ) en la que señalaba los temas, que a mi juicio, preocupaban más a la feligresía Católica, en específico, y a la Cristiana en general, y entre los cuáles se encontraban el del celibato o el posible matrimonio de los sacerdotes, el divorcio, el aborto y la contracepción, etc.

En esa oportunidad excluí expresamente el tema de la homosexualidad, el matrimonio homosexual y la posibilidad de adopción de hijos por parte de parejas homosexuales, porque entendí que estos temas son de mayor polémica,  de opiniones más divididas a nivel mundial, aunque la tendencia hacia la legalización de uniones homosexuales es la que predomina en Europa y en América.

También pensé, que mezclar estos temas con los demás haría muy complicado cualquier avance en temas menos polémicos. Por tanto, aclaro que tengo una posición tomada al respecto, pero no consideré oportuno expresarla, lo que no impide que dedique en el futuro una entrada a estos temas en específico.

¿Sínodo o Inquisición del Papa?
A finales del año 2014, el papa Francisco anunció la convocatoria de un Sínodo Extraordinario de la Familia el cual arrancó con la elaboración de una encuesta que debía ser levantada en las Diócesis del planeta con la finalidad de disponer de información actual acerca de cuál era la situación de la familia cristiana en el mundo. El mencionado cuestionario ha sido transcrito al final. (1)

Este cuestionario no parece bien elaborado, porque mezcla preguntas que van dirigida a los miembros de la iglesia jerárquica; otras que refieren a información que debe ser recabada, como por ejemplo: legislaciones o estadísticas sobre algunos temas; y preguntas que deberían ser contestadas por la feligresía. Por cierto, no conozco a nadie que lo hayan encuestado y me han informado que los resultados de la misma han sido mantenidos en reserva.

Finalmente se produjo un pronunciamiento del señalado Sínodo Extraordinario, en el cual se ratifican en su totalidad las concepciones tradicionales sobre la familia cristiana y lo único que fue percibido como un avance en estos aspectos fue la declaración siguiente: “Las personas homosexuales tienen dones y cualidades para ofrecer a la comunidad cristiana: ¿estamos en grado de recibir a estas personas, garantizándoles un espacio de fraternidad en nuestras comunidades?”.

Imagino que para llegar a esta conclusión los Obispos habrán recibido la inspiración del Espíritu Santo que les habrá hecho retumbar en su oídos la frase de Jesús: “El que esté sin pecado, que le tire la primera piedra” (Juan 8, 7)

No hay duda que esta es una de las sombras más tenebrosas que penden sobre la iglesia jerárquica. Algún día se podrá leer el libro rojo de Benedicto XVI.

La mayoría de los expertos en estos temas vaticanos consideran que esto ha sido un fracaso absoluto para Francisco: Convocar a un Sínodo para ratificar todo lo establecido.

Si le interesa saber más acerca de las polémicas, intimidades y demás, pueden leerlas en el blog de José Rafael Revenga usando el link: http://abra360.blogspot.com/2014/09/francisco-enfrenta-su-primera-prueba-de.html

En la Carta a Francisco señalé en cuanto al divorcio:

¿Divorcio de la Realidad?
“El tema del divorcio se ha convertido en un dolor de cabeza en los países en que lo tenían prohibido por su compromiso histórico con la Iglesia Católica. En estos países la prohibición del divorcio produjo problemas como los siguientes: Hijos adulterinos, sin posibilidad de reconocimiento y de protección legal y económica (admitir una paternidad por adulterio era aceptar la comisión de un delito); Personas separadas que formaban uniones de hecho con otras personas, privando a la nueva pareja de las protecciones legales y a los hijos de esa unión; y, estímulo a la corrupción eclesiástica mediante la “venta” de anulaciones de matrimonios con tarifas exorbitantes (la última que conocí fue de US$30.000,00).”

En días pasados en un programa de la televisión española se señaló que en España cada año se producían alrededor de 100.000 matrimonios y la misma cantidad de divorcios.

Agregué en esa oportunidad:

“Este tema desconoce aspectos históricos que son relevantes y que justificaron el rechazo de Jesucristo al repudio que era admitido entre los judíos.  En esa época el repudio de la mujer (porque no funcionaba al revés) implicaba dejar en la calle a la cónyuge, probablemente indigente, obligada a la prostitución o a morir de hambre.” 

Además en esa época se había abusado del repudio, porque a pesar de que la posibilidad del divorcio se reconocía cuando había habido una infidelidad de la mujer, como el mismo no requería de ningún trámite y solo la participación por escrito a la afectada, las razones del repudio, en la realidad, podían ser totalmente banales y esto había generado una situación escandalosa.

Seguí argumentando:

En los tiempos modernos las legislaciones protegen a los cónyuges, existe igualdad jurídica de los esposos, se reconoce la comunidad de gananciales, que obliga a repartir entre ambos el patrimonio formado durante el matrimonio en caso de divorcio. En cuanto a las mujeres, hoy también son activas y más independientes desde el punto de vista económico; y, la protección de los niños y su derecho a percibir una pensión de los padres.

“Entiendo que el tema no puede ser como cambiarse de camisa, pero, en otras iglesias cristianas hay una intervención para tratar de resolver los problemas de la pareja y algunos requisitos para aceptar como última instancia el divorcio.”

“Con relación al tema del divorcio, el Papa Francisco dice: “Estoy pensando en la situación de una mujer que tiene a sus espaldas el fracaso de un matrimonio….Después de aquello esta mujer se ha vuelto a casar y ahora vive en paz con cinco hijos….Le encantaría retomar la vida cristiana. ¿Qué hace el confesor?”

“El tema en este asunto es que una persona casada, divorciada y vuelta a casar no se le da el perdón del pecado, porque no tiene propósito de enmienda, es decir, en teoría debería dejar a este marido y volver con el primero o en todo caso vivir soltera el resto de su vida. Así si sería perdonada y podría comulgar y volver plenamente a la Iglesia.”

Hay que aclarar que la iglesia, en cuanto al divorciado que permanece solo, si les permite recibir la Eucaristía.

Lo que me preocupa del Sínodo es que el tema no se trató de la forma como lo planteé aquí, sino desde el tema de la Eucaristía, es decir, la decisión que se buscó fue desde la aceptación de recibir la comunión de una persona vuelta casar y que vive en un segundo matrimonio con una vida cristiana, educando y cuidando a sus hijos, como fue el ejemplo que puso el papa Francisco en la transcripción de arriba.

Confesión Papal
Esta perspectiva hace el asunto mucho más complejo y difícil de digerir, porque involucra un punto que fue reafirmado de manera muy tajante durante el papado de Benedicto XVI acerca del indispensable “estado de gracia” que debe tener el cristiano para recibir la comunión; para lo cual ha requerido fuertemente a participar en el sacramento de la reconciliación (confesión) y lograr le sean perdonados los pecados, en especial lo mortales, como el de adulterio, siguiendo el antiguo procedimiento de la confesión: Examen de conciencia, dolor de corazón, propósito de enmienda (mi padre decía corregir la falta cuando es posible, por ejemplo, devolver lo robado), confesar los pecados al confesor y cumplir la penitencia.

Me parece que Francisco se entrampó el mismo al poner el tema de la Eucaristía y no el de la posibilidad del divorcio y por ende, de la validez de un subsecuente matrimonio, lo que eliminaría la prohibición del divorcio y su consecuente caída en el pecado. Como señalamos también, permitió el tratamiento del tema de la homosexualidad que generaría mayores resistencias en su contra en el Sínodo. Debió diferirlo de entrada.

A esto podemos añadir una preocupación: ¿Hasta donde un Papa, quien dispone de el "don" de la infalibilidad para ciertos asuntos, puede ejercerla para llevar la contraria a lo establecido por un anterior Papa, también infalible?. Asumo que lo infalible no puede estar sujeto a revisión y creo que los temas del matrimonio y la posibilidad del divorcio están muy atados en este sentido.

Esto no hace el tema fácil porque Jesús al referirse al matrimonio citando al Génesis (Gn.2.4) dijo: "..que al casarse se convierten, marido y mujer, en una sola carne";  y, en Mateo 16-6 6 cuando dice: “...por tanto, lo que Dios juntó, no lo separe el hombre”; lo que ha sido interpretado como una unión indisoluble.

Sin embargo, en Mateo 19, 9 señala: “Y yo os digo que cualquiera que repudia a su mujer, salvo por causa de fornicación,  y se casa con otra,  adultera;  y el que se casa con la repudiada,  adultera.”;  implicando, con esto,  que pareciera que no excluye de manera absoluta el divorcio.

Algunos entienden que en la 1ª Carta a los Corintios (7:15) como otra “excepción”, que permite el segundo casamiento si un cónyuge incrédulo se divorcia de un creyente. En este caso pareciera más una nulidad que un divorcio. Sin embargo, el contexto no menciona el segundo casamiento, sino que solamente dice que un creyente no está limitado a continuar un matrimonio, si un cónyuge no creyente quiere abandonarlo.

Hay quien ha señalado que ninguno de estos casos puede tomarse como una autorización para volverse a casar.

Cuando se busca las soluciones dadas al tema en la ortodoxia, se consigue que, al haber sido esta parte de la iglesia dominada en sus orígenes por los emperadores romanos cristianos, éstos impusieron el criterio de que era posible el divorcio y así fue asumido pacíficamente. El tema de las causales varió en el tiempo en cuanto a cantidad y posibles sanciones a los divorciados (hubo casos en que se suspendía la comunión por un período de tiempo) y en definitiva resultó, en la práctica, en una aceptación por parte de esa iglesia de los divorcios que se daban por la vía civil.

En cuanto a la realización de segundas o terceras nupcias la tendencia fue la de bendecir las uniones matrimoniales, más que celebrar un nuevo matrimonio, según algunos por la conservación del criterio de la indisolubilidad del vínculo. Esta se ha dado en llamar "unión de corazones".

La aceptación de la separación y de una posterior unión matrimonial “bendecida” estaba fundamentada en un sentimiento de misericordia y de protección de los hijos y de esas familias. Tampoco se encuentra reflexión teológica profunda sobre el tema en las iglesias de orientales.

Esto nos lleva a una conclusión preliminar en el sentido de que la barrera más importante que tiene el tema es la sentencia de indisolubilidad propuesta por Jesucristo, a pesar que de ella misma admite el divorcio por causa de “fornicación” y que habría que extender también al “adulterio”.

El nudo gordiano del matrimonio.
Pero hay que considerar que el mismo Jesucristo concedió a los apóstoles la siguiente facultad: “Todo lo que aten en la tierra, será atado en el cielo; y todo lo que desaten en la tierra, será desatado en el cielo.”

De esto se puede deducir que el sacramento puede ser desatado por ellos y así será reconocido en el cielo.

Francisco ante el fracaso cuestiona lo engorroso y costoso de los procedimientos de anulación de matrimonios, para poder abrir una rendija para las personas divorciadas. 

Hay varios aspectos que no se contemplan y son que las causales de anulación en muchos casos se inventan para que se ajusten a la normativa y resulta en muchos casos para los hijos de esos matrimonios como si ellos hubieren nacido fuera del matrimonio.

Una persona divorciada me mencionaba: "Yo me casé enamorada y nuestros hijos nacieron del fruto de ese amor, si yo anulo mi matrimonio es como reconocer que ese amor, que fue real, nunca existió, la anulación sería un agravio moral muy grande para mis hijos y eso no lo haría jamás."

Aquí haría falta que la iglesia construyera una narrativa apropiada para esta transición.

Buscando alguna analogía con el tema del sacramento del matrimonio,  me puse a pensar en el sacramento del orden sacerdotal y que la iglesia ha  dado, en este caso, la solución de la dispensa al no aceptar tampoco la posibilidad de la disolución o desaparición del mismo.

Este caso se parece mucho al del matrimonio (sacramentos que "imprimen carácter"), puesto que ha sido considerado como indisoluble, pero se resuelve con una dispensa al sacerdote que le permite casarse, en secreto, y mantener oculta el acta de matrimonio, reconocer a los hijos que haya concebido, con las prohibiciones para ejercer las tareas y participar en sacramentos para lo que estaba investido realizar o presenciar; la prohibición incluso para impartir enseñanza religiosa, salvo en colegios públicos y debidamente autorizado y para esconderse y ocultarse de la sociedad, en una surte de barrido de sucio debajo de una alfombra. (2)

A este sacerdote se le permite desembarazarse de su compromiso con Dios y en casos excepcionales la dispensa puede ser decretarla de oficio,  por una cantidad grande de razones a saber:

“b) Causas y circunstancias de las dificultades que sufre el peticionario, o de la defección, antes de la ordenación: como enfermedades, inmadurez, en el orden físico o psíquico, caídas respecto al sexto mandamiento del decálogo en el tiempo de formación del Seminario o en Instituto religioso, presiones por parte de la familia, errores de los Superiores, tanto en el fuero interno (con tal de que haya licencia del peticionario) como en el fuero externo, al juzgar sobre la vocación; después de la ordenación: defectos de adaptación al ministerio sagrado, angustias o crisis en la vida espiritual, o en la misma fe, errores acerca del celibato y del sacerdocio, costumbres disolutas, y otras cuestiones de este tipo.”
Además: “.. cuando haga falta, llevará consigo la absolución de las censuras en las que ha incurrido y la legitimación de la prole.”

Aquí me surge una pregunta, ¿por qué tanta laxitud en el tratamiento de la dispensa del sacramento de ordenación sacerdotal y tanta rigidez e incomprensión por parte de los obispos del Sínodo Extraordinario en cuanto al tema del divorcio?

Si mi opinión valiera algo, diría que desatar este nudo o asumir una posición intermedia como la de las iglesias orientales,  no se puede hacer sin que medie una profunda reflexión y el establecimiento de regulaciones en la que no sea tan simple casarse, ni tampoco separase o divorciarse, sin que medie un compromiso consciente de la pareja, la intervención de las familias y la comunidad cristiana; todos, no solos nuestros pastores, asuman la responsabilidad de cuidado, apoyo, escucha y solidaridad con aquellos que quieren casarse, sino también de aquellos con problemas en las parejas y los que luego de varias gestiones, apoyen a esta familias separadas para que se preserve el amor, la solidaridad y el mejor futuro para los hijos de estos matrimonios; la conservación de estos esposos dentro de la comunidad, como hace Dios con todos nosotros, a pesar de nuestros pecados; y, que no se estigmatice ni se juzgue al que no ha sido exitoso en su proyecto de familia, ni a sus inocentes hijos.

Excluir de la eucaristía a una persona en estos casos, resulta muy severo y de profundas consecuencias. El sentimiento de haber sido excluido y apartado, la pérdida de la fe, etc. 

Ahora se ha puesto de nuevo de moda la llamada "comunión espiritual", que era usada como un anticipo a la Eucaristía para el que no podía recibirla en un determinado momento y que ahora se pretende usar en favor de todos los pecadores a los que se les conmina a no comulgar, por su pecado mortal del que no van a ser perdonados (los vueltos a casar, por ejemplo), inventando algo en sustitución de la original Eucaristía creada por Cristo. Si no estás "en estado de gracia" no puedes comulgar ni siquiera espiritualmente. Después los papas hablan de relativismo religioso.

Es desproporcionado este castigo de ex comunión de hecho, en comparación con las consecuencias en caso de verdaderas abominaciones como son las violaciones de derechos humanos y toda una serie de delitos que han sido escondidos para no generar “escándalo”.

Esa exclusión implica la separación de un pecador, igual que nosotros, de lo que es esencial en nuestro credo, la comunión, que es el acto de recibir el cuerpo y la sangre de cristo, y que  junto con la creencia en la resurrección y del amor y la misericordia de Cristo, nos define como realmente católicos.

La Eucaristía es un milagro que, desde la perspectiva mística, da cohesión a la comunidad cristiana - la común unión de los cristianos - y por tanto es el vínculo que establece la pertenencia del feligrés a la comunidad cristiana. Excluirlo de ella es como expulsarlo desde el punto de vista espiritual de esa comunidad.



Señores Obispos: "¡Reflexionen!"
Un amigo me hizo llegar un artículo escrito por el Padre Ugalde llamado "Quo Vadis Francisco", en el que, entre otras cosas, señala:

"El Papa camina dando señales elocuentes. Va a Roma para hacer que Jesús sea más visible en el gobierno de la Iglesia católica, en sus signos y en su modo de actuar. La aspiración es muy elevada: que el Vaticano sea signo trascendente de Jesús, encarnación del amor gratuito de Dios; del Jesús que no vino a condenar sino a sanar, que entró en la casa del ladrón Zaqueo sin reproche, llevando el perdón, la conversión y la vida nueva; que rechazó el apedreamiento hipócrita de la adúltera y le dio la mano para que se levantara; que pidió agua a la samaritana, que no era creyente judía, ni de vida correcta; que tocó a leprosos y enfermos y los curó incluso en sábado."


"El Papa insiste en que no quiere “príncipes” de fachada, sino el pueblo de Dios, hombres y mujeres tocados del amor de un Dios que se hace visible en los múltiples rostros que viven con alegría y esperanza, que consuelan, que acompañan, curan y ayudan a levantarse. Hoy una de las grandes, complejas y esperadas reformas es hacer visible que la Iglesia no son los clérigos, sino el pueblo de Dios con el obispo de Roma, que no es una monarquía vaticana sino un primado colegiado con las conferencias episcopales del mundo en toda su variedad y pluriculturalidad expresada en sínodos y otras formas de gobierno universal. Un gobierno de Roma con menos cardenales y más laicos, hombres y mujeres creyentes y competentes servidores." 


"La pregunta evangélica del papa Francisco: “Quién soy yo para juzgar a un gay si él busca al Señor y tiene buena voluntad”, vale también para el divorciado, agnóstico, budista, preso y para la conciencia de todos, que nos lleva a aquella milenaria frase feliz: “De internis neque Ecclesia iudicat”, de lo íntimo de la conciencia ni la Iglesia juzga. Doctrina y normas disciplinares sí, pero por encima de todo el diálogo de la conciencia personal con Dios. No estamos para condenar sino para acompañar, dar la mano, llevar el agua del amor de Dios y la esperanza. Es lo que más necesitamos en este mundo, y sin ello la disciplina eclesiástica es vacía y los templos se convierten en museos."



Por eso insisto a los Obispos, ¿Quién es el que lanzará la primera piedra? ¿No es el amor y la misericordia lo que debe guiar nuestros pasos y nuestras posiciones?




Una fuente muy informada me comentó que Francisco, a partir del resultado del Sínodo, había señalado que se quedaría en su cargo por un período no mayor de dos años.

Tengo fe que Francisco no va a seguir el ejemplo cobarde de Martín Lutero de eludir la pelea y hacer lo que Cristo nos enseñó y es que de vez en cuando hay que destruir los puestos y expulsar a los mercaderes del templo de Dios.

Que el Espíritu Santo los ilumine y pido perdón a Dios por todas mis herejías.

ACTUALIZACION:


En esta entrada señalé que ante la rígida posición de la iglesia (en especial en el último Sínodo sobre la familia) ante la posibilidad del divorcio y del tema de permitir la eucaristía a los divorciados y vueltos a casar, resultaba incomprensible que una persona pagando fuertes cantidades de dinero podía obtener la anulación de un matrimonio.

Llegó a mis manos una publicación de USA Today en la que recoge unas declaraciones del papa Francisco en la que condena a la  burocracia y a los abogados que participan en esta forma de obtener anulaciones señalando que tal procedimiento debería atenderse de forma gratuita:

A continuación les transcribo la noticia:


Pope suggests no-cost annulments in divorce cases
Josephine McKenna, Religion News Service3 p.m. EST November 5, 2014
(Photo: Alberto Pizzoli, AFP/Getty Images)
VATICAN CITY — Pope Francis raised the prospect of no-cost marriage annulments on Wednesday after revealing he had dismissed a church official for selling annulments for thousands of dollars, which he called a "public scandal."
The pontiff made the shocking disclosure as he was addressing canon lawyers at the Vatican for a course on marriage dissolution conducted by the Roman Rota, the church's highest court.
"We have to be careful that the procedure does not become some kind of business," the pope said. "There have been public scandals."
"I had to dismiss a person from a tribunal some time ago who said: 'Give me $10,000 and I'll take care of both the civil and ecclesiastical procedures.' Please, not this!"
Francis did not provide any more details about where or when the sacking occurred. He stressed the need for the church's annulment procedures to be easier, faster and cheaper. He even suggested fees could be waived.
"When you attach economic interests to spiritual interests, it is not about God," he said.
"The mother church has so much generosity it could provide justice free of charge."
Questions surrounding marriage and annulments provoked plenty of debate last month at the Vatican's Synod on the Family as several conservative cardinals resisted moves to open Communion to divorced and remarried Catholics.
Among them was American Cardinal Raymond Burke, an outspoken conservative who heads the Roman Rota. Burke, a former archbishop of St. Louis, has said publicly that he is likely to be demoted soon by Francis.
Annulments are a major issue in the Roman Catholic Church because Catholics who divorce and remarry without seeking an annulment for the previous marriage are prohibited from taking Communion. In the eyes of the church, without an annulment their first marriages are still valid and so they are in effect committing adultery with their new spouse.
Some Catholics complain that the process of obtaining an annulment is arduous, expensive and at times capricious.
Francis spoke about the importance of fairness and accessibility to church tribunals. He said many processes were "so long and so weighty" that many people became "discouraged" and abandoned the process altogether.
The former archbishop of Buenos Aires said some people in his home country of Argentina lived long distances — as much as 150 miles — from a tribunal and so could not afford to take the time from work to go to court to pursue an annulment.
The pope also referred to the commission he established in August to study reform of the canonical matrimonial process and simpler procedures while safeguarding the "indissolubility of marriage."


​Buena noticia: Luego de tantos años desde la reforma ya no se van a vender indulgencias ni anulaciones de matrimonio.

​Seguimos desde esta esquina apoyando la gestión Papal.
GPP



NOTAS: 

(1) “III – Cuestionario
Las siguientes preguntas permiten a las Iglesias particulares participar activamente en la preparación del Sínodo Extraordinario, que tiene como objetivo anunciar el Evangelio en los actuales desafíos pastorales en relación a la familia.
1 ‐ Sobre la difusión de la Sagrada Escritura y del Magisterio de la Iglesia en relación a la familia
a) ¿Cuál es el real conocimiento de las enseñanzas de la Biblia, de la Gaudium et Spes, de la Familiaris Consortio y de otros documentos del Magisterio post‐conciliar sobre el valor de la familia según la Iglesia Católica? ¿Cómo nuestros fieles son formados en la vida familiar según las enseñanzas de la Iglesia?
b) Allí donde se conocen las enseñanzas de la Iglesia ¿son éstas integralmente aceptadas? ¿Se verifican dificultades para ponerlas en práctica? ¿Cuáles?
c) ¿Cómo se difunden las enseñanzas de la Iglesia en el contexto de los programas pastorales a nivel nacional, diocesano y parroquial? ¿Qué catequesis se ofrece sobre la familia?
d) ¿En qué medida – y en particular en relación a qué aspectos – dichas enseñanzas son realmente conocidas, aceptadas, rechazadas y/o criticadas en ambientes extra eclesiales? ¿Cuáles son los factores culturales que obstaculizan la plena recepción de las enseñanzas de la Iglesia sobre la familia?
2 ‐ Sobre el matrimonio según la ley natural (1)
a) ¿Qué lugar ocupa el concepto de ley natural en la cultura civil, tanto a nivel institucional, educativo y académico, como a nivel popular? ¿Qué visiones antropológicas se dan por sobrentendidas en el debate sobre el fundamento natural de la familia?
b) ¿Es comúnmente aceptado, en cuanto tal, el concepto de ley natural en relación a la unión entre el hombre y la mujer, de parte de los bautizados en general?
c) ¿Cómo es contestada, en la práctica y en la teoría, la ley natural en lo que respecta a la unión entre el hombre y la mujer en vista de la formación de una familia? ¿Cómo es propuesta y profundizada en los organismos civiles y eclesiales?
d) ¿Cómo se deberían afrontar los desafíos pastorales que surgen cuando bautizados, no practicantes o que se declaran no creyentes, piden la celebración del matrimonio?
3 – La pastoral de la familia en el contexto de la evangelización
a) ¿Qué experiencias han sido maduradas en las últimas décadas en orden a la preparación al matrimonio? ¿Cómo se ha tratado de estimular la tarea de evangelización de los esposos y de la familia? ¿En qué modo se puede promover la conciencia de la familia como “Iglesia doméstica”?
b) ¿Se ha logrado proponer estilos de oración en familia, que sean capaces de resistir ante la complejidad de la vida y de la cultura actual?
c) ¿En qué modo las familias cristianas han sabido realizar la propia vocación de trasmitir la fe en la actual situación de crisis entre las generaciones?
d) ¿De qué manera las Iglesias locales y los movimientos de espiritualidad familiar ha sabido crear caminos ejemplares?
e) ¿Qué aporte específico han logrado dar los matrimonios y las familias, en orden a la difusión de una visión integral del matrimonio y de la familia cristiana, que sea creíble hoy?
f) ¿Qué atención pastoral ha demostrado la Iglesia para sostener el camino de los matrimonios en formación y de aquellos que atraviesan por una crisis?
4 – Sobre la pastoral para afrontar algunas situaciones matrimoniales difíciles
a) ¿Es una realidad pastoral relevante en la Iglesia particular la convivencia ad experimentum? ¿Es posible estimar numéricamente un porcentaje? (comentario: Viven juntos antes de casarse)
b) ¿Existen uniones libres de hecho, sin reconocimiento religioso ni civil? ¿Hay datos estadísticos confiables? (Comenteario: concubinato)
c) ¿Son una realidad pastoral relevante en la Iglesia particular los que están separados y los divorciados casados de nuevo? ¿Cuál es el porcentaje numéricamente estimable? ¿Cómo se enfrenta esta realidad a través de programas pastorales adecuados?
d) En estos casos: ¿Cómo viven los bautizados su irregularidad? ¿Son conscientes de ella?
c) ¿Manifiestan simplemente indiferencia?
d) ¿Se sienten marginados y viven con sufrimiento la imposibilidad de recibir los sacramentos?
e) ¿Qué piden las personas divorciadas y casadas de nuevo a la Iglesia a propósito de los sacramentos de la Eucaristía y de la Reconciliación? Entre las personas que se encuentran en estas situaciones ¿cuántas piden dichos sacramentos?
f) ¿Podría ofrecer realmente un aporte positivo a la solución de las problemáticas de las personas implicadas la agilización de la praxis canónica en orden al reconocimiento de la declaración de nulidad del vínculo matrimonial? Si la respuesta es afirmativa ¿en qué forma?
g) ¿Existe una pastoral orientada a la atención de estos casos? ¿Cómo se desarrolla esa actividad pastoral? ¿Existen al respecto programas a nivel nacional y diocesano? ¿Cómo es anunciada a los separados y a los divorciados casados de nuevo la misericordia de Dios? ¿Cómo se pone en práctica el apoyo de la Iglesia en el camino de fe de estas personas?
5 ‐ Sobre las uniones de personas del mismo sexo
a) ¿Existe en el país una ley civil de reconocimiento de las uniones de personas del mismo sexo equiparadas, de algún modo, al matrimonio?
b) ¿Qué actitud asumen las Iglesias particulares y locales ante el Estado civil, promotor de uniones civiles entre personas del mismo sexo, y también ante las mismas personas implicadas en este tipo de uniones?
c) ¿Qué atención pastoral es posible desarrollar en relación a las personas que han elegido vivir según este tipo de uniones?
d) ¿Cómo habría que comportarse pastoralmente, en el caso de uniones de personas del mismo sexo que hayan adoptado niños, en vista de la transmisión de la fe?
6 ‐ Sobre la educación de los hijos en las situaciones matrimoniales irregulares
a) ¿Cuál es en estos casos la proporción estimada de niños y adolescentes, en relación a los niños nacidos y educados en familias regularmente constituidas?
b) ¿Con qué actitud los padres se dirigen a la Iglesia? ¿Qué piden? ¿Sólo los sacramentos o también la catequesis?
c) ¿Cómo las Iglesias particulares intentan responder a la necesidad de los padres de estos niños de ofrecer una educación cristiana para sus hijos?
d) ¿Cómo se desarrolla la praxis sacramental en estos casos: la preparación, la administración del sacramento y el acompañamiento?
7 ‐ Sobre la apertura de los cónyuges a la vida:
a) ¿Tienen los cristianos un real conocimiento de la doctrina de la Humanae vitae sobre la paternidad responsable? ¿Qué conciencia se tiene del valor moral de los diferentes métodos de control de los nacimientos? ¿Qué profundizaciones podrían ser sugeridas sobre esta materia desde el punto de vista pastoral?
b) ¿Es aceptada la mencionada doctrina moral? ¿Cuáles son los aspectos más problemáticos que dificultan la aceptación en la gran mayoría de los matrimonios?
c) ¿Qué métodos naturales son promovidos de parte de las Iglesias particulares para ayudar a los cónyuges a aplicar la doctrina de la Humanae vitae?
d) ¿Cuál es la experiencia respecto a este tema en la praxis del sacramento de la Penitencia y en la participación en la Eucaristía?
e) ¿Qué contrastes se detectan entre la doctrina de la Iglesia y la educación civil en relación a esta temática?
f) ¿Cómo se puede promover una mentalidad más abierta a la natalidad? ¿Cómo se puede favorecerse el aumento de los nacimientos?
8 ‐ Sobre la relación que existe entre la familia y la persona
a) Jesucristo revela el misterio y la vocación del ser humano ¿La familia es realmente un ambiente privilegiado para que esto tenga lugar?
b) ¿Qué situaciones críticas de la familia en el mundo actual pueden constituir un obstáculo para el encuentro de la persona con Cristo?
c) ¿En qué medida las crisis de fe que las personas pueden atravesar inciden en la vida familiar?
9 ‐ Otros desafíos y propuestas
¿Existen otros desafíos y propuestas en relación a los temas tratados en este cuestionario que merezcan ser considerados como urgentes o útiles?”
Resaltados. Itálicas y comentarios del autor.
(1)    La “La Ley Natural” de la iglesia jerárquica no incluye la homosexualidad que los estudios científicos si la consideran natural en muchas especies de animales y a lo largo de la historia de la humanidad, sin que esto implique que toda clase de “abominación” también ha sido natural a lo largo de ese mismo período.

(2) VI. Condiciones que debe cumplir el sacerdote dispensado
1. De por sí, el sacerdote reducido al estado laical y dispensado de las obligaciones conexas con el sacerdocio, y especialmente el sacerdote unido en matrimonio, debe alejarse de aquellos lugares en los que es conocido su estado sacerdotal. El Ordinario del lugar de residencia del peticionario, de común acuerdo, en cuanto sea necesario, con el Ordinario propio de incardinación, o con el Superior Mayor religioso, podría dispensar de esta cláusula que contiene el Rescripto, si no se prevé que la presencia del peticionario vaya a dar lugar a escándalo.
2. Por lo que se refiere a la celebración de matrimonio canónico, el Ordinario procure que se evite cualquier tipo de ostentación y ante un sacerdote probado o, si hiciera falta, ante dos testigos, celebre el matrimonio, del cual se guardará el acta en el archivo secreto de la Curia.
Al Ordinario del lugar de residencia junto con el prelado propio del peticionario, sea diocesano, sea religioso, le corresponde determinar si la dispensa y, de manera similar, la celebración del matrimonio deba ser mantenida en secreto, o se pueda comunicar, con las debidas precauciones a los allegados del peticionario, amigos y patronos, para que se mantenga la buena fama del mismo peticionario y los derechos económicos y sociales que brotan de su nuevo estado de laico casado.
3. En cambio, si el sacerdote reducido al estado laical y dispensado de las obligaciones conexas con la sagrada ordenación no mantiene la promesa de evitar el escándalo, o incluso hace público su caso para provocar el escándalo (empleando la prensa, los medios radiotelevisivos y otros semejantes), haciendo presión con mala voluntad para des preciar el sagrado celibato, será preciso que los Ordinarios a los que afecta, y también el superior religioso en caso de los religiosos, divulguen que ese sacerdote ha sido reducido al estado laical y dispensado de los compromisos asumidos porque la Iglesia ha considerado que no es idóneo para el ejercicio del sacerdocio.
4. El Ordinario, al que corresponde comunicar el Rescripto al peticionario, le debe exhortar intensamente para que participe en la vida del pueblo de Dios de modo congruente con su nueva condición de vida, contribuya a la edificación y se muestre como un hijo amante de la Iglesia. A la vez, le debe comunicar que a todo sacerdote reducido al estado laical y dispensado de las obligaciones le está prohibido:
a) realizar cualquier función del orden sagrado, salvo lo que se determina en los can. 882 y 892 § 2;
b) realizar acción litúrgica alguna en las celebraciones con el pueblo, donde es conocida su condición, y nunca pronuncie una homilía;
c) desempeñar cualquier oficio pastoral;
d) la misión de Rector (u otro ministerio directivo), de Director espiritual y Profesor en Seminarios, Facultades teológicas e Instituciones semejantes;
e) asimismo no desempeñe la labor de director de una escuela católica, ni de maestro de religión en cualquier escuela, sea católica o no. Sin embargo, el Ordinario del lugar, según su prudente juicio, puede, en casos particulares, permitir que el sacerdote reducido al estado laical y dispensado de las obligaciones conexas con la ordenación sagrada enseñe religión en las escuelas públicas, siempre con la excepción de las escuelas católicas, con tal de que no se haya de temer escándalo o extrañeza.

5. Los Ordinarios afectados, entre los que está el Superior Mayor religioso, acompañen a los sacerdotes reducidos al estado laical y dispensados de las obligaciones conexas con la sagrada ordenación, y si es posible ayúdenles en lo necesario para llevar una vida honesta.

viernes, 27 de diciembre de 2013

Una Navidad Especial:


La Navidad viene de la Natividad, el recordatorio del nacimiento del ser humano más importante y trascendente para la humanidad, quien nos entregó el amor como la fuerza más poderosa del Universo, el amor de Dios nuestro creador.

El amor da a la humanidad su sentido de comunidad y la inspiración para la construcción de mundos nuevos, para crear y ensalzar la belleza en cualquiera de sus manifestaciones: en el arte, la música, la poesía, la arquitectura, y para la construcción de una sociedad en que se cultive el perdón,que sea solidaria, respetuosa, amable y productiva.

Ese niño que vino a unir a todas las naciones,  en un solo canto al creador y que hoy luego de dos mil años sigue cautivándonos y sembrando en nuestros corazones la esperanza en un mundo mejor y en la vida eterna con Dios.

En estas fechas les deseo que se rencuentren con todos los que los rodean y recuerden con alegría a aquellos que yacen en el seno del señor y que reciban todas las bendiciones que nos entregó ese niño Dios.

Les acompaño la canción más bella que la humanidad podría cantar a su Padre una canción de amor, en la voz de una talentosa niña. La letra se las copio a continuación:


 

O mio babbino caro, 
mi piace è bello, bello; 
vo'andare in Porta Rossa 
a comperar l'anello! 

Sì, sì, ci voglio andare! 
e se l'amassi indarno, 
andrei sul Ponte Vecchio, 
ma per buttarmi in Arno! 

Mi struggo e mi tormento! 
O Dio, vorrei morir! 
Babbo, pietà, pietà!


viernes, 25 de octubre de 2013

Palabras ante el III Congreso de Derecho Procesal Constitucional: La Justicia Constitucional y la Justicia Administrativa como Garantes de los Derechos Humanos

Señores organizadores del III Congreso de Derecho Procesal Constitucional y I Congreso de Derecho Administrativo, ponentes e invitados, señoras y señores: en nombre de mi madre, María Teresa Petersen de Pérez, mis hermanas, Beatriz, María Teresa, Ana María e Irene Pérez Petersen y en el mío propio, agradezco la deferencia que han tenido de rendir en este congreso, un homenaje a mi padre, el jurisconsulto Gonzalo Pérez Luciani.
Me han solicitado dirigirles unas palabras alusivas al Dr. Gonzalo Pérez Luciani. Confieso que no me resulta cómodo hacerlo en este evento, porque pienso que sus amigos, alumnos y colegas tienen un más apropiado y equilibrado juicio de su persona.
Sin embargo, voy a leerles algunos párrafos de una carta que envié a unas jornadas organizadas en Barquisimeto en marzo de este año, cuando mi padre aún se encontraba entre nosotros, y luego me tomaré el atrevimiento de hacer algunas apreciaciones con relación a algunos temas a ser considerados en este Congreso.
En esa oportunidad señalé refiriéndome al Dr. Pérez lo siguiente:
“El Dr. Pérez Luciani ha sido a lo largo de su vida un apasionado maestro del Derecho, actividad a la que dedicó más de cincuenta años en la cátedra de Derecho Administrativo de la Universidad Central de Venezuela, en pregrado y post grado, y cerca de veinte años en la Universidad Católica Andrés Bello en las cátedras de Derecho Administrativo y Derecho Mercantil.
Su amor por la docencia ha sido muy grande, tanto que dedicaba largas horas de estudio a la preparación de todas sus clases, a las cuales no dejaba de asistir aunque no hubiese dormido la noche anterior. Muchos de sus alumnos dicen que, en aquellos días en que mi padre unía la noche con el día de clases, lograba dictarlas de manera magistral.
Para mí resulta evidente que ha tenido una visión dionisíaca, en la que se permitía disfrutar de la vida plenamente, pero con un altísimo sentido de la responsabilidad que tenía de formar a los futuros abogados y alejarlos lo más posible de la oscuridad de Hades.
Recuerdo una de sus frases en clase, en la que recomendaba a sus alumnos ser escépticos de todo lo que estaba escrito en un papel, cuestionar todo y hacerse una opinión propia de cualquier tesis que otra persona defendiera.
Después de tantos años de enseñanza, es frecuente que mi padre se tope con algún alumno en la calle, incluso aquellos que no se dedicaron al ejercicio del Derecho; siempre le saludan con una frase afectuosa, un recuerdo, una anécdota y, sobre todo, el aprendizaje adquirido en su cátedra.
Su gran mérito en esta vida son ustedes, un grupo de abogados estudiosos y enamorados del Derecho que han seguido sus propios y diferentes caminos, enalteciendo a nuestra profesión.
Una vez Isaac Newton, ante el elogio de ser él el físico más grande de la historia, contestó: “Si pude ver más lejos fue porque subí sobre los hombros de gigantes.”
Maximo Severo Giannini.
Yo visualizo a mi padre parado sobre los hombros de Antonio Morles Caubet y Maximo Severo Giannini; y, el Dr. Pérez Luciani los ve a ustedes, orgulloso, parados sobre los hombros de grandes juristas venezolanos y del mundo. Su responsabilidad está en dejar descendencia que logre mirar más lejos que ustedes.
Tenemos, además, la responsabilidad de que en Venezuela existan muchas mentes brillantes y estudiosos del Derecho y que se fomente una sana y enriquecedora discusión intelectual, para que la mediocridad no se cierna sobre nuestro país.”
Cuando pienso en el temario del Congreso, enfocado en esta oportunidad sobre La Justicia Constitucional y la Justicia Administrativa como Garantes de los Derechos Humanos Reconocidos en la Constitución, me doy cuenta de las dificultades tan grandes en que se habrán visto envueltos los expositores de este evento, sobre todo en los momentos tan difíciles que vivimos a nivel planetario.
Existe una gravísima crisis política, económica y social de extensión mundial. En estos momentos, los Estados, en línea general, han perdido la capacidad de resolver los problemas de carácter público en sus respectivos países; además, por efecto de la globalización económica, comunicacional, tecnológica y criminal, nos encaminamos hacia una indetenible globalización jurídica, aunque parezca manifestarse más de forma reactiva que proactiva, ante los pronunciados cambios de una sociedad planetaria, hoy más informada y más exigente en cuanto al bienestar que aspira, con un clamor por mayor participación y democracia.
En cuanto a la Justicia Constitucional y la Administrativa como garantes de los Derechos Humanos, se nos plantea en Venezuela una situación muy interesante porque la Constitución vigente ha ampliado, de una forma muy favorable para el ciudadano, la importancia y alcance de dichos derechos, cuando consagra en su artículo 19 el principio de progresividad y, lo más importante, en coordinación con la norma del artículo 23, establece que los tratados de derechos humanos suscritos y ratificados por Venezuela tienen rango de normas constitucionales, señalando que su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público y de aplicación inmediata y directa por los tribunales de la República.
Esta amplitud, en la que se ha otorgado a dichos tratados un rango constitucional, se ha visto afectada por decisiones del Ejecutivo Nacional, como es el caso de la Denuncia de la Convención Americana de Derechos Humanos y por decisiones del Tribunal Supremo de Justicia.
En relación con la denuncia señalada, me surge una pregunta: ¿tendrá el Ejecutivo Nacional competencia para denunciar tratados de derechos humanos, cuando ese Acto de Gobierno tiene rango legal y el Tratado tiene rango constitucional?
Se podría alegar que en la propia convención se establece la posibilidad de denunciarla y el procedimiento para hacerlo; sin embargo, no es la norma internacional la que establece que órgano del país denunciante es el que puede hacer tal denuncia, porque para ello está el derecho interno de los países para determinar las competencia para representar al Estado o para actuar en el orden internacional.
De la interpretación sana de nuestra constitución se debe deducir que, si el tratado de derecho humanos tiene rango constitucional, solo una reforma constitucional o un referéndum en que se consulte al pueblo de Venezuela, sería la forma correcta para lograr, válidamente, la denuncia de tales tratados. Pero, salvo que se sostenga la doctrina defendida por varios países totalitarios en la que se alega que los derechos e intereses colectivos se sobreponen a cualquier derecho o interés individual, nuestra posición es que los derechos inalienables de un ser humano no pueden ser desconocidos o eliminados por ninguna mayoría, incluso refrendaria. En todo caso esa mayoría refrendaria podría tomar decisiones válidas en cuanto a tratados acerca de derechos colectivos.
La Ponencia del Dr Carlos Ayala Corao sobre este tema contiene una mayor profundidad acerca del mismo.
Entiendo que la doctrina en materia de violación de Derechos Humanos establece que los que pueden violarlos son los Estados, porque los ciudadanos u otras entidades jurídicas en todo caso violan las leyes o cometen delitos que son perseguidos y sancionados por los Estados, a pesar de que en Venezuela se contempla, en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente en el Trabajo, la posibilidad de considerar que los patronos, al incumplir con esa normativa, estarían incursos en la violación de Derechos Humanos de sus trabajadores.
Aquí me surge otra pregunta: si esos tratados internacionales establecen tribunales o instancias para reclamar por la violación de los Derechos Humanos por parte de los Estados en contra de un ciudadano o una colectividad, ¿puede un Estado renunciar al fuero consagrado en beneficio de la víctima o supuesta víctima de tal violación?
Otra pregunta más: si la Constitución establece lo que hemos señalado, ¿no se podrá demandar a la República por la denuncia inconstitucional del tratado por ante los Tribunales internacionales de Derechos Humanos, en aplicación del artículo 25 de la Constitución y pedir que sea condenada a rectificar?
Creo que una denuncia que ha sido realizada por un órgano claramente incompetente no puede impedir el acceso a estas instancias internacionales por cualquier ciudadano de este país que se vea afectado por la violación de sus derechos humanos.
En cuanto a las decisiones del Tribunal Supremo de Justicia, resulta interesante el caso resuelto por la Decisión #1.265 de la Sala Constitucional de fecha 4 de agosto de 2008, que decidió acerca de  “la presunta contradicción entre el artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal y el artículo 42 constitucional” con ponencia del magistrado Arcadio de Jesús Delgado Rosales.
El citado artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República contempla la posibilidad de que sea declarada la inhabilitación política de un funcionario como sanción administrativa accesoria en los procedimientos abiertos por ese organismo.
El Artículo 65 de la Constitución estipula lo siguiente: “No podrán optar a cargo alguno de elección popular quienes hayan sido condenados o condenadas por delitos cometidos durante el ejercicio de sus funciones y otros que afecten el patrimonio público, dentro del tiempo que fije la ley, a partir del cumplimiento de la condena y de acuerdo con la gravedad del delito”.
Este artículo 65 indica que quienes hayan sido condenados por determinados delitos no pueden postularse a cargos de elección popular, con lo cual debemos concluir que sólo un juez penal puede condenar y no el Contralor General de la República.
El  Artículo 42  de la Constitución (Capítulo II: De la nacionalidad y ciudadanía; Sección Segunda: De la Ciudadanía), reza: “Quien pierda o renuncie a la nacionalidad pierde la ciudadanía. El ejercicio de la ciudadanía o de alguno de los derechos políticos sólo puede ser suspendido por sentencia judicial firme en los casos que determine la ley”.
También la Constitución establece en su Artículo 39: “Los venezolanos y venezolanas que no estén sujetos o sujetas a inhabilitación política ni a interdicción civil, y en las condiciones de edad previstas en esta Constitución, ejercen la ciudadanía y, en consecuencia, son titulares de derechos y deberes políticos de acuerdo con esta Constitución”.
Hay que resaltar que el Artículo 23, numeral 2, de la Carta de la Convención Americana de Derechos Humanos (vigente plenamente en la fecha de la sentencia) al referirse a los  Derechos Políticos, señala: “La ley puede reglamentar el ejercicio de los derechos y oportunidades a que se refiere el inciso anterior, exclusivamente por razones de edad, nacionalidad, residencia, idioma, instrucción, capacidad civil o mental, o condena, por juez competente, en proceso penal.”  Como hemos señalado, esta norma tiene rango constitucional y establece la necesidad de una decisión en un proceso penal para limitar derechos políticos de cualquier persona.
Toda la argumentación de la Sala se basa en la ubicación específica del artículo 42. Señala que no está ubicado en la Primera Sección (de la Nacionalidad) sino en la Segunda Sección (de la Ciudadanía) y adicionalmente no está contemplada, esta garantía, en el capítulo de los derechos políticos.
Esto me lleva a hacerme la siguiente pregunta: si la norma del artículo 42 de la Constitución es válida, pero también es válida la norma del artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, ¿solo a los venezolanos por nacimiento les es aplicable esa norma legal pero a los venezolanos por naturalización sólo se les pueden suspender sus derechos políticos con sentencia condenatoria firme?
También resulta artificioso el argumento de que la norma se refiere solo a los venezolanos por naturalización, porque al establecer en artículo 42 de la Constitución lo siguiente: “Quien pierda o renuncie a la nacionalidad pierde la ciudadanía.”, también se refiere a los venezolanos por nacimiento, que si bien no se les puede revocar la nacionalidad, si pueden renunciar a ella.
Ex Alcalde Leopoldo López.
Posteriormente, el Contralor General de la República, en clara violación de la Constitución, aplica una sanción accesoria de inhabilitación a una persona que ocupó un cargo de elección popular.
Ahora, volviendo al tema general de los Derechos Humanos, existe un hecho: las violaciones de los derechos humanos se producen, fundamentalmente, por el ejercicio abusivo del poder de los Estados o de sus funcionarios en contra de los ciudadanos.
En todos los países, se presentan casos en que algún funcionario se excede en el ejercicio de sus funciones violando esos derechos, y lo deseable es que las instituciones de esos países apliquen los correctivos del caso, las sanciones correspondientes a los violadores, se indemnicen los daños y se restablezcan las situaciones jurídicas afectadas. Lo grave es cuando la violación de los Derechos Humanos forma parte de una política de Estado.
Hay otro hecho cierto, y es que los grandes avances en materia de Derechos Humanos y su protección han partido de protestas colectivas y, lo más importante, por actuaciones de individuos que en un determinado momento anteponen valores que consideran más preciados que la propia vida y la libertad personal.
A mi cabeza vienen las Sufraguistas que en 1912 se levantaron en la ciudad de Cleveland, Estados Unidos, por la defensa del voto femenino; Rosa Parks, que en 1955 osó sentarse en un puesto designado para blancos en un autobús, lo que marcó el inicio de la lucha por los derechos civiles en ese mismo país; el Rebelde Desconocido, quien en 1989 se paró solo frente a una fila de tanques en la Plaza de Tiananmén en una protesta por los derechos políticos en China; Nelson Mandela, quien sufrió 27 años de cárcel por la defensa de la igualdad de todos los seres humanos, los derechos políticos y la libertad de pensamiento y de expresión en su país, y además trabajó con sus captores para restablecer la libertad y el disfrute pleno de los derechos humanos en su país; la tragedia protagonizada por Adel Jadri de Tunes, quien protestando ante el abuso policial al haberle destruido su puesto de venta de cigarrillos, se prendió fuego con gasolina ante la Comisaría de Policía de su barrio, dando inicio a la Primavera Árabe, la cual no ha llegado a su fin;   la niña paquistaní Malala, quien fue víctima de un atentado por parte del Talibán por su exigencia de educación igualitaria para las niñas y mujeres de su país; y, por último, los venezolanos que han dado su vida, han sido privados de libertad u obligados al exilio, perseguidos y discriminados por su lucha por la libertad, el derecho al trabajo, a la huelga y la protesta, a la libertad sindical, el derecho al trabajo y el derecho de propiedad.
A todos estos luchadores rindo homenaje, porque a ellos y muchos otros debemos las libertades y los derechos que hoy consagra nuestra Constitución. Ellos son los legítimos redactores de los Derechos Humanos en las constituciones.
Los juristas y los jueces tienen la obligación de interpretarlos sanamente, preservarlos en el tiempo y evitar la tentación de los poderosos para conculcarlos y legitimar la violación de los mismos a través de fallos o dictámenes.
Por último, nos toca a todos y cada uno de nosotros defenderlos para bien de las generaciones futuras.
Muchas gracias.

Gonzalo Pérez Petersen.

Un homenaje que la Familia hizo a Gonzalo Pérez Luciani esta publicado en este blog:
http://vivir-la-felicidad.blogspot.com/2013/03/homenaje-gonzalo-perez-luciani.html

Mayor Información sobre el Tema de la Inhabilitación de Derechos Político, en el Blog Drpolitico.com de Luis Enrique Alcalá, es especial en las siguientes entradas.

http://doctorpolitico.com/?p=2529
http://doctorpolitico.com/?s=CS+%23293