domingo, 29 de julio de 2012

Los Indignados en Venezuela: El desconocimiento de la Jurisdicción Internacional de Derechos Humanos por parte del Gobierno de Venezuela:


En este blog hemos resaltado la actividad de protesta de los indignados alrededor del mundo, destacado sus banderas y sostenido que estos movimientos son la consecuencia de un crisis política mundial, fundamentada en una incompetencia política para resolver los problemas de carácter público de los pueblos. Un movimiento que pide cambio pero profundizando los valores y buscando la mejora de las instituciones democráticas.

Venezuela no ha estado al margen de este proceso político, agravado con el hecho de que en este país existe una incompetencia criminal que se niega a resolver los problemas más sentidos por la población (es tan grave que parece una incompetencia dolosa); además el Gobierno ha destruido todas las instituciones democráticas convirtiéndolas en marionetas (aquí las califican de focas de circo) que siguen la única y sola voluntad de un Presidente militarista. 

La presidente de Tribunal Supremo de Justicia ha declarado en contra de la existencia de la separación de poderes y los magistrados de ese tribunal hacen expresión pública de su apoyo irrestricto al Presidente, quien ya se ha auto proclamado Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas (Activo y con Rango militar), cuando la constitución prohibe que un militar activo se postule para ningún cargo de elección popular y por ende tampoco lo puede ejercer. 

En este escenario, todas las altas autoridades del Estado se han coludido para violentar la Constitución Nacional y han derogado con sus actos la vigencia de la Constitución de 1999 y violentado los derechos fundamentales de la ciudadanía en completa impunidad, lo que los hace a todos reos de delitos de lesa humanidad. Lo único que existe es un maquillaje democrático que se manifiesta con la existencia de elecciones con árbitros parcializados y rendijas de libertad de expresión. 

Por esto la denuncia, que presentamos por este medio, no la hacemos ante las instituciones Públicas Nacionales, sino ante los ciudadanos y los que más allá de las fronteras de Venezuela tienen la responsabilidad legal y moral de defender los Derechos Humanos de los pueblos y no la permanencia impune de gobernantes espurios, como los de Siria y Cuba. 

Crea gran preocupación que un Estado, frente a un proceso electoral, en que puede resultar desfavorecido, pretenda sustraerse de la observación y regulación en materia de Derechos Humanos; esto hace presumir, y los hechos lo han comprobado, que resulta un estorbo la mirada vigilante de los órganos que promueven el respeto de los Derechos Humanos en el mundo, instancias que recientemente han juzgado a funcionarios públicos de distintos países por actos que han llegado hasta el genocidio. En Venezuela no se permite la entrada de funcionarios de organismos internacionales en materia de Derechos Humanos. 

El primer paso en tal sentido le exige al régimen denunciar la Carta Democrática Interamericana, la cual, por cierto, fue suscrita al igual que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela por el ex Presidente militar de este país, y en opinión de muchos, exigiría que nos expulsaran como miembro de la Organización de Estados Americanos. Esa denuncia acarrearía, según el criterio del gobierno de Venezuela, su liberación de las medidas cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y de los juicios ante la Corte Interamericana de Justicia, sobre hechos ocurridos con posterioridad a la denuncia. También es de resaltar que las decisiones de esos organismos son desconocidas y desaplicadas por los órganos del Estado Venezolano.

Aquí se les presenta otro problema, y es que Venezuela suscribió también el Protocolo de Roma, con el cual se otorga Jurisdicción en Materia de Derechos Humanos al Tribunal de la Haya; en esta circunstancia le tocará denunciar también ese tratado. 

Es importante ver este planteamiento desde la perspectiva de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, porque en materia de Derechos Humanos es, en su texto, la más avanzada del planeta, en otros aspectos, es excesivamente presidencialista y entre otras cosas, por causa de ello, tenemos a un rey en el poder. 

La Constitución de 1999 consagra que los tratados internacionales en materia de Derechos humanos tienen rango constitucional; también establece que toda persona tiene derecho a acceder a los órganos internacionales establecidos en las convenciones firmadas por Venezuela a solicitar el amparo a sus Derechos Humanos; por último, establece que los Derechos Humanos son progresivos, es decir, que cualquier Derecho humano que sea reconocido, como inherente a la persona humana, se debe respetar a pesar de no estar expresamente contemplado.(artículos 23, 24 y 26 de ese texto). 

En el asunto que planteamos se presenta una situación referida a que, el sistema mundial de Derechos Humanos establece que, los que pueden incurrir en delitos de violación de Derechos Humanos son los Estados, no los individuos y modernamente se han incluido como posibles violadores a organizaciones armadas terroristas o beligerantes. 

Los ciudadanos pueden cometer delitos, no violar Derechos Humanos y ellos están sometidos a las leyes de los Estados y a sus Órganos de Justicia para recibir las sanciones y verse obligados a indemnizar los daños ocasionados a las víctimas. 

Por esta razón el Gobierno de este país se sirve de milicias urbanas armadas para cometer atropellos y reprimir a la población civil y poder alegar que esos atropellos no constituyen una política de Estado. Sin embargo, el financiamiento, la entrega de armamento militar y las declaraciones públicas de los funcionarios del Gobierno en apoyo a estos grupos puede servir de fundamento para el establecimiento de la responsabilidad penal internacional de estos funcionarios, quienes además no podrán exhibir ninguna gestión para eliminar o someter a la justicia a estos grupos paramilitares y para policiales. 

El Estado tiene el monopolio de la justicia, normalmente y también el de la “violencia” pública y tiene el poder otorgado por el Ordenamiento Jurídico para hacer cumplir sus determinaciones en el ejercicio de esas competencias. 

En los casos de grupos armados (guerrilleros), este hecho les permite imponer su fuerza y voluntad a grupos de ciudadanos y más si mantienen control sobre un territorio; esto les da una connotación parecida a la de un Estado; por tal razón, se está evolucionando hacia su inclusión como posibles violadores de Derechos Humanos. 

En esta circunstancia, los Estados imputados supuestamente tienen la potestad de sustraerse de ser juzgados por las Jurisdicción Penal Internacional en materia de Derechos Humanos, cuando esos órganos, precisamente, han sido constituidos para que los ciudadanos, de forma individual o colectiva, que le hayan sido violados sus Derechos Humanos y sus respectivos Estados no hayan subsanado, corregido o sancionado esa violación, pudiendo obtener la restitución de su situación jurídica lesionada e indemnizado adecuadamente los daños que les han sido causados. 

En Venezuela al ser los tratados internacionales firmado por la República normas de rango constitucional, por mandato expreso de esa misma norma, el Presidente de la República es incompetente de manera absoluta para derogarlos y denunciarlos porque el no puede derogar una norma constitucional. Igual argumento aplica a los Tribunales de la República que está en la obligación de aplicarlos a pesar de la denuncia hecha por el Presidente de dichos tratados, porque los mismos siguen vigentes.

Es importante reconocer que, la Jurisdicción Internacional de Derechos Humanos está constituida por tribunales y sus jueces son los naturales de los ciudadanos, no de los Estados, para conocer las causas señaladas y pretender eliminar ese derecho, atenta en contra del derecho humano de cada ciudadano al acceso a la justicia, al debido proceso y al derecho a su defensa, también consagrados en la señalada Constitución y en todo el ordenamiento internacional de Derechos Humanos. 

La posibilidad de que un Estado que haya desatado acciones reiteradas violatorias de ese ordenamiento jurídico internacional y que tenga un número apreciable de denuncias, se le acepte el desconocimiento de esa jurisdicción, que no fue creada en beneficio de ellos, sino para sancionar a los Estados que violen impunemente Derechos Humanos de sus ciudadanos, sería como permitir a los criminales de un país puedan desconocer a los tribunales penales que deben decidir las causas relacionadas con sus delitos. 

Adicionalmente, como la misma constitución señala que, los tratados internacionales en materia de Derechos Humanos tienen rango constitucional, no puede ser derogada ni desconocida la Carta Interamericana de Derechos Humanos por un órgano y por actos que no tienen rango constitucional, lo que los haría írritos y nulos de pleno derecho, con lo cual no se le podría impedir a ningún ciudadano venezolano acceder a los Tribunales Internacionales de Derechos Humanos a pedir justicia y obtener de estos órganos un pronunciamiento sobre el fondo del asunto planteado y lograr que se acuerde el restablecimiento de la situación jurídica del ciudadano, si efectivamente le habían sido violados sus derechos, aún después de la denuncia del tratado.

Aquí se presenta un asunto más serio, alguno podrá decir que al ser un tratado internacional en materia de Derechos Humanos una norma constitucional, podría ser derogada con un referéndum constitucional. Nada más falso que esto. Una mayoría no tiene la potestad de revocar o desconocer aquellos derechos humanos que han sido reconocidos por la humanidad como derechos inherentes a la persona humana. Una mayoría no puede decidir quitarle la vida a una persona, a violarle su honor y reputación, o eliminar su derecho al libre pensamiento y de expresión, ni el derecho a profesar la religión de su preferencia, entre otros, porque estos son de todos y cada uno de nosotros los seres humanos. Podrá modificar derechos colectivos o sociales, pero jamás los inherentes a la persona humana. 

Tenemos que hacer causa común para defender nuestros derechos, la democracia no es un regalo, es un derecho que se han ganado las sociedades derramando mucha sangre y siempre existirá un gobierno, por más democrático que sea, que viole Derechos Humanos; así que esta lucha nunca termina. “El que calla ante la violación de los derechos de una persona, está con el que los viola, no con la víctima”. No sigamos siendo cómplices.